El cronograma fue establecido mediante la Resolución 349/2025, publicada en el Boletín Oficial en noviembre del año pasado, que aprobó las fechas de pago de las prestaciones previsionales para todo 2026. Por lo tanto, no se trata de una modificación reciente de los días de cobro, sino de un calendario definido anticipadamente por el organismo nacional.
Durante diciembre, los beneficiarios recibirán sus haberes actualizados por la fórmula de movilidad previsional, junto con el medio aguinaldo correspondiente al segundo semestre del año. De esta manera, el último pago de 2026 representará un ingreso adicional para millones de jubilados y pensionados.
Sin embargo, todavía resta conocer el porcentaje de aumento que se aplicará en diciembre, ya que dependerá de la inflación de octubre, cuyo informe será publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) el próximo jueves 12 de noviembre.
De acuerdo con el calendario oficial, los jubilados y pensionados cuyos ingresos no superen el límite establecido para el primer intervalo de pagos comenzarán a cobrar el miércoles 9 de diciembre.
Las fechas serán las siguientes:
Los depósitos incluirán el haber mensual y la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), de acuerdo con lo establecido por ANSeS.
En el caso de los beneficiarios cuyos ingresos superen el primer intervalo de pagos, las acreditaciones comenzarán el jueves 17 de diciembre y finalizarán el miércoles 23.
El esquema será el siguiente:
De esta manera, todos los grupos previstos en el calendario jubilatorio tendrán sus fechas de acreditación antes de Navidad.
La Resolución 349/2025 también establece el cronograma de diciembre para los titulares de pensiones no contributivas (PNC).
Para este grupo, las fechas de pago se concentrarán durante los primeros días del calendario:
Los beneficiarios deberán consultar la liquidación de su prestación para verificar los conceptos que les corresponden.
El aguinaldo de los jubilados y pensionados del sistema previsional equivale al 50% del haber mensual más elevado percibido durante el semestre.
Como las jubilaciones se actualizan mensualmente mediante la fórmula de movilidad, el haber de diciembre será, en principio, el de mayor valor nominal del período comprendido entre julio y diciembre.
Por ejemplo, si un jubilado alcanza en diciembre un haber de $450.000 y ese es el más alto del semestre, recibirá $225.000 de aguinaldo. En consecuencia, el ingreso conjunto será de $675.000, sin considerar otros adicionales que pudieran corresponder.
El cálculo definitivo dependerá del incremento previsional de diciembre, que se establecerá según la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de octubre.
Otra de las cuestiones pendientes es la continuidad del bono previsional extraordinario que el Gobierno nacional viene otorgando a los jubilados y pensionados de menores ingresos.
Hasta el momento, no está confirmada su aplicación para diciembre, por lo que ese eventual refuerzo no puede incluirse todavía en los montos que cobrarán los beneficiarios.
En caso de que el Ejecutivo disponga su continuidad, el bono se sumaría al haber y al aguinaldo, según las condiciones que establezca la normativa correspondiente. El refuerzo extraordinario no integra la base de cálculo del medio aguinaldo.
Por lo tanto, los jubilados y pensionados deberán esperar las próximas definiciones oficiales para conocer el ingreso total que recibirán durante el último mes del año.
Mientras tanto, las fechas de pago ya pueden consultarse mediante los canales habituales de ANSeS, incluido el sitio web oficial y la plataforma Mi ANSeS, ingresando con CUIL y Clave de la Seguridad Social.





