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Provinciales Sancionan ley para regular la tenencia de perros potencialmente peligrosos
26/06/2026 | 15 visitas
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La normativa crea un registro provincial obligatorio, exige la identificación mediante microchip, establece condiciones para la circulación en espacios públicos, incorpora la contratación de un seguro de responsabilidad civil y prevé multas, restricciones e incluso el secuestro preventivo de los animales cuando exista riesgo para la integridad de las personas o de otras especies.
La Cámara de Representantes de Misiones aprobó este jueves la Ley de Tenencia Responsable de Perros Potencialmente Peligrosos, una normativa que establece un marco regulatorio para la identificación, registro, circulación y control de estos animales en todo el territorio provincial. La iniciativa unificó seis proyectos legislativos presentados entre 2018 y 2026 y tiene como objetivo fortalecer la seguridad pública, prevenir ataques y promover una convivencia responsable entre las personas y los animales.

La nueva legislación define como perros potencialmente peligrosos a aquellos que, por sus características físicas, antecedentes de agresividad, adiestramiento para el ataque o pertenencia a determinadas razas, pueden ocasionar lesiones graves o incluso la muerte a personas u otros animales.
Entre las razas alcanzadas por la norma figuran Pit Bull, Rottweiler, Dogo Argentino, Doberman, Bull Terrier, Akita Inu, Fila Brasileño, Mastín Napolitano, Pastor Alemán, Presa Canario, Cane Corso, Bullmastiff y otras que podrán ser incorporadas o excluidas por la autoridad de aplicación sobre la base de criterios técnicos.

Uno de los puntos centrales de la ley es la creación del Registro Provincial Digital de Perros Potencialmente Peligrosos, que funcionará de manera centralizada y permitirá identificar a los animales comprendidos en la normativa, registrar a sus tenedores y facilitar la coordinación entre la Provincia y los municipios. Todos los propietarios alcanzados deberán inscribir a sus perros dentro de los 90 días de adquirida la tenencia o de la entrada en vigencia de la ley, además de mantener actualizada toda la información correspondiente.

La identificación de cada ejemplar deberá realizarse mediante un microchip subcutáneo u otra tecnología equivalente colocada por un veterinario matriculado. Además, durante su permanencia en la vía pública deberán portar un collar o pretal con una placa visible donde figure el número de inscripción en el registro y un medio de contacto del responsable.
La legislación también fija obligaciones para la circulación en espacios públicos. Los perros potencialmente peligrosos deberán ser conducidos con bozal adecuado, correa no extensible de hasta un metro y medio y únicamente por personas mayores de 18 años con capacidad física suficiente para controlarlos. Asimismo, se prohíbe que un particular pasee simultáneamente más de uno de estos animales, mientras que los paseadores habilitados podrán hacerlo con un máximo de dos ejemplares. También queda prohibido que menores de edad los conduzcan solos o que permanezcan sin sujeción en lugares públicos o espacios comunes de edificios. Otro aspecto incorporado por la norma es la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que el animal pudiera ocasionar a terceros, otros animales o bienes.

La acreditación de esa cobertura será un requisito indispensable tanto para la inscripción como para mantener la tenencia del perro. Además, los propietarios deberán garantizar condiciones de resguardo adecuadas dentro de sus domicilios para evitar fugas o contactos no controlados con otras personas.La ley dispone además la implementación de programas de capacitación sobre manejo seguro, prevención y tenencia responsable. En determinados casos, la realización de esos cursos será obligatoria para los responsables de animales declarados potencialmente peligrosos mediante resolución administrativa.

En cuanto al control y fiscalización, el Ministerio de Gobierno será la autoridad de aplicación con asistencia técnica permanente del Consejo Profesional de Médicos Veterinarios de Misiones. Entre sus atribuciones figuran la administración del registro, la determinación de la peligrosidad de los animales, la aplicación de sanciones y la coordinación con los municipios para el cumplimiento de la normativa. La Policía de Misiones también podrá intervenir y proceder al secuestro preventivo de un animal cuando exista un riesgo grave e inminente para la seguridad de las personas o ante incumplimientos de las obligaciones previstas por la ley.
El régimen contempla un esquema progresivo de sanciones que incluye apercibimientos, multas, retención preventiva del animal, restricciones temporarias para la tenencia e incluso la prohibición definitiva de poseer perros potencialmente peligrosos en casos de reincidencia en infracciones graves

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karina:
Una genia Karen, Excelente trabajo.
Bruno Riquelme:
Hola Buen día Hugo querido.. aca escuchando la radio desde el trabajo, un abrazo!! saludo a toda la audiencia
ernesto:
fuerza muchachos, gente que quiere Garupá
Eze:
Muy linda la nueva web
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Muy linda la nueva web
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